- El Consejo de Salubridad General declaró del día 30 de marzo al 30 de abril del presente, la emergencia en todo el país y en conjunto con la Jornada Nacional de “Sana Distancia” se dictaron las medidas pertinentes para hacer frente a la pandemia COVID19 por SARS-COV2, de abstenerse de realizar actividades fuera de casa, mantener la sana distancia y las medidas básicas de higiene, con el fin de evitar un mayor número de contagio.
- Asimismo, se exhortó a toda la población que las actividades no esenciales en los sectores público, privado y social se suspendieran de inmediato, afectando la actividad económica de diversas ramas de la industria.
- Ante el desacato e incredulidad de algunas personas y ciertos negocios o empresas, fue inevitable la propagación rápida de este virus, situación que ocasionó que se hicieran aún más restrictivas las medidas preventivas y se alargara el confinamiento hasta después de la fecha que se había establecido en un principio por las autoridades sanitarias.
- Fue hasta el día 18 de mayo del presente, que la Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum Pardo anunció el Plan de Reapertura en el que se busca regresar paulatinamente a las actividades económicas suspendidas a causa de la pandemia de coronavirus. El mismo estará sujeto al Semáforo epidemiológico contra COVID-19, el cual consta de cuatro colores que van desde el rojo hasta el verde y cada uno representa la reapertura de un sector de la economía en la capital desde los más esenciales hasta los no esenciales.
- El pasado 26 de junio del año en curso, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno, anunció el cambio de semáforo a color naranja, por lo que reafirmó que la entidad federativa se mantendrá con las mismas medidas preventivas sanitarias y que si existe la posibilidad de quedarse en casa, así se mantengan los ciudadanos. Asimismo, por lo que hace a las actividades no esenciales se seguirán las mismas restricciones.
- A través de su cuenta de la red social Twitter, la Jefa de Gobierno mostró cómo se mantendrán las actividades esenciales, así como algunas que ya se habían reactivado aún con el semáforo en rojo, entre los sectores que ya iniciaron actividades se encuentran el de salud, atención de emergencia, transporte público, comercio de barrio, producciones de cerveza, servicios profesionales en el ámbito científico o técnico, manufacturas y actividades de agricultura y ganadería.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La pandemia por el Coronavirus SARS- COV2, cambió radicalmente la vida de todos los habitantes del mundo, afectando a más de 9,2 millones de personas. El Gobierno Federal, estableció que la Jornada Nacional de Sana Distancia sería hasta el 30 de mayo, por lo que el 01 de junio del presente se consideró en la Ciudad de México, por algunas empresas y giros mercantiles el regreso a la “normalidad”, aunque para muchas personas esto ocasionó que relajaran las medidas de prevención, se siguió invitando a la población por parte de las autoridades a permanecer en casa.
La Organización Mundial de la Salud, que gestiona políticas de prevención, promoción e intervención a nivel mundial en la salud, plantea seis condiciones para salir del confinamiento:
- Controlar la transmisión del virus;
- Garantizar la disponibilidad de salud pública y cuidados;
- Minimizar el riesgo en entornos expuestos, como establecimientos sanitarios permanentes;
- Poner en marcha medidas de prevención en el trabajo, en las escuelas y otros lugares de alta frecuentación;
- Controlar el riego de casos importados y responsabilizar a la población.
- Apelar a la responsabilidad de la población.
Los sectores y el personal que hoy en día ya se encuentran realizando actividades laborales normales, no debe dejar a un lado las acciones de higiene aprendidas durante el confinamiento, como lo es el uso de cubrebocas, evitar saludar de mano o abrazo, lavado de mano constante, estornudo de etiqueta, etc., toda vez que el objetivo principal de todos debe ser evitar un rebrote, de no seguir estas acciones preventivas, se decretara de nueva cuenta volver al confinamiento, tal como lo señaló, la Jefa de Gobierno.
Todas las industrias deben adecuar sus instalaciones y ambientes de trabajo para prevenir contagios. Por otro lado, las empresas que cuenten con la posibilidad de realizar pruebas de detección del COVID 19, deben realizar este esfuerzo con cierta periodicidad para hacerle pruebas a todo el personal que se presente a trabajar.
En consecuencia, no se debe dejar a un lado todas las implicaciones que conlleva el regreso a las actividades cotidianas, ya que esto se relaciona con un elemento muy importante y es la movilidad.
Datos emitidos por el Gobierno de la Ciudad de México estima que la industria manufacturera representa el 10.8% de la población ocupada, es decir, que retomarán sus actividades aproximadamente 462 mil personas, de lunes a jueves, principalmente en las alcaldías de Azcapotzalco, Cuauhtémoc, Iztacalco, Iztapalapa, Xochimilco y Tláhuac.[2]
Partiendo de esa premisa, miles de personas se tendrán que desplazar diariamente y harán uso de todos los medios de transportes de la Ciudad y el área metropolitana, lo que significa un aumento considerable de personas en las calles, transporte público y centros de trabajo, esto conlleva a realizar un esfuerzo extra por parte del Gobierno Local para que las condiciones de este, sean óptimas y cuenten con las medidas de higiene adecuadas.
Las alcaldías antes mencionadas, son en las que más casos de contagio se han registrado a lo largo del actual confinamiento, ya que concentran el 46% de los contagios en todo el país.
Derivado de lo anterior, es de suma importancia que empresarios, industrias y comerciantes, sigan tomando precauciones extremas, implementando señalización, sanitización constante, recomendaciones y facilitando los artículos de protección e higiene a los trabajadores.
Finalmente, por lo antes descrito se requiere tener certeza de que cada sector en reactivación realice protocolos preventivos y de higiene habituales.
Ante este escenario y por la seguridad y bienestar de los ciudadanos, se presenta la necesidad de que la autoridad sanitaria implemente visitas de verificación constantes, a efecto de impedir la propagación del virus, probabilidad que es alta, ya que el Semáforo Epidemiológico COVID-19 de la Ciudad de México acaba de cambiar de color, lo que significa una etapa en la que el riesgo de contagio aún está latente.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 1° que:
“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
…”
SEGUNDO. Que la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4º establece el derecho a la protección de la salud, del cual debe gozar toda persona dentro del territorio nacional sin excepción alguna; texto constitucional que en su parte conducente es del tenor siguiente:
“Artículo 4º.- …
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XI del artículo 73 de esta Constitución.”
TERCERO. Que de conformidad con la Constitución de la Ciudad de México, en su artículo 9 apartado “C”, se contempla la obligación de las autoridad de la Ciudad de implementar ambientes salubres que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos, el cual a la letra dice:
“Artículo 9
D. Derecho a la Salud
…
3.- Las autoridades de la Ciudad de México asegurarán progresivamente, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes generales aplicables:
…
…
c.- La existencia de entornos salubres y seguros, espacios públicos, actividades sociales, culturales y deportivas que mejoren la calidad de vida y la convivencia, propicien modos de vida saludables, desincentiven las violencias, las adicciones y las prácticas sedentarias;
d. La prevención, el tratamiento y el control de las enfermedades transmisibles, no transmisibles, crónicas e infecciosas;
…”
CUARTO. Que la Ley General de Salud, en su artículo 154, menciona la facultad de las autoridades sanitarias a efecto determinar las medidas sanitarias que se deben de tomar en una instalación, el cual refiere lo siguiente:
“Artículo 154.- Las autoridades sanitarias determinarán los casos en que se deba proceder a la descontaminación microbiana o parasitaria, desinfección, desinsectación, desinfección u otras medidas de saneamiento de lugares, edificios, vehículos y objetos.”
QUINTO. Que en virtud de que acabamos de cambiar a color naranja en el Semáforo Epidemiológico COVID 19, y que aún existe alto índice de contagio en la población, se solicita a esta soberanía, inste a la autoridad sanitaria, verifique que se implementen los protocolos y lineamientos de prevención, a efecto de frenar la propagación del COVID 19.
SEXTO. Que la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, en el primer y segundo párrafo del artículo 21 dispone que:
“Artículo 21. El Congreso podrá solicitar información mediante pregunta parlamentaria al Poder Ejecutivo, Alcaldías, órganos, dependencias y entidades, los cuales contarán con un plazo de treinta días naturales para responder. El Congreso contará con treinta días para analizar la información y, en su caso, llamar a comparecer ante el Pleno o Comisiones, a las personas titulares mediante acuerdo aprobado por la mayoría absoluta del Pleno.
Los puntos de acuerdo, exhortos o cualesquiera otras solicitudes o declaraciones aprobadas por el Pleno o por la Comisión Permanente, deberán ser respondidos por los poderes, órganos, dependencias, entidades o Alcaldías correspondientes en un plazo máximo de sesenta días naturales.
…
…”
SÉPTIMO. Que es facultad de las y los diputados de esta soberanía presentar proposiciones con punto de acuerdo, de confinidad con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México:
“Artículo 5. Son derechos de las y los diputados:
I. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones y denuncias ante el Congreso;
II. a IX. …
X. Solicitar información a los otros Poderes Ejecutivo y Judicial o cualquier otra instancia de la Ciudad de México”
OCTAVO. Que el pleno de este H. Congreso puede conocer de las proposiciones con punto de acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 fracción II del Reglamento en cita.
“Artículo 99. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:
I. …
II. Puntos de acuerdo, que representan la posición del Congreso, en relación con algún asunto específico de interés local o nacional o sus relaciones con los otros poderes de la Ciudad, organismos públicos, entidades federativas, municipios y alcaldías, y
III. …”
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta soberanía, el siguiente
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO: PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A lA PERSONA TiTULAR DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE TENGA A BIEN REALIZAR SUPERVISIONES EN LAS EMPRESAS E INDUSTRIAS QUE ya RETOMARON ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y EVITAR DE NUEVA CUENTA UN BROTE POR EL CORONAVIRUS SARS COV2; ESTO CON LA FINALIDAD DE REFORZAR LA MEDIDAS PREVENTIVAS, DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA EL PERSONAL.