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1. “El Cine Cosmos, fue estratégicamente ubicado en el entonces Bulevar Melchor Ocampo y la Avenida México Tacuba, lo que hizo que, en 1946, cuando se inició su construcción, creciera la expectativa ante su inauguración. Un incendio retrasó la apertura hasta 1948. 

2. El Cosmos, fue obra de los arquitectos Carlos Crombe, creador, entre otros, de los cines Colonial, Odeón, Alameda y Olimpia; y Carlos Vergara, quien lo rediseñó. Fue el productor de cine Jesús Grovas, quien se lanzó a la aventura de financiar la construcción del inmueble Art Decó. 

3. El 10 de junio de 1971, el día en que los “Halcones” entrenados por el gobierno mexicano disolvieron violentamente una manifestación estudiantil, la administración del Cosmos abrió las puertas para que quienes alcanzaran a llegar a su escalinata pudieran ingresar a refugiarse en la sala y salvaran la vida.

4. El Cosmos ya estaba en declive, al igual que las enormes salas que habían dado lustre a la Época de Oro del Cine Mexicano, hacia los años setenta se habían convertido en salones desvencijados. Cerró sus puertas para una remodelación y reabrió con cinco salas que, de acuerdo con la gente que las conoció, tenían mal sonido, pésima visión y llevaron al cierre definitivo del Macro Cosmos a finales de los años noventa.

5. Al igual que con otros cines construidos a mediados del siglo XX (Ópera, Orfeón), hay un intento por recuperar aquellos inmuebles y rehabilitarlos.” 

6. En este sentido en noviembre de 2013, le fue notificada a la entonces Delegación Miguel Hidalgo, por parte del Comité de Patrimonio Inmobiliario, del Gobierno del Distrito Federal, el acuerdo emitido durante la Vigésima Primera Sesión Ordinaria celebrada el 31 de octubre de 2013, respecto de la solicitud planteada por la Delegación, respecto a que se dictaminara procedente la adquisición, a favor del Gobierno del Distrito Federal, del inmueble ubicado en Calzada México-Tacuba número 14, Colonia Tlaxpana, Delegación Miguel Hidalgo, denominado “Cine Cosmos”, para su posterior asignación para uso, aprovechamiento y explotación.

Tal acuerdo establecía:

“El Comité de Patrimonio Inmobiliario integrado y funcionando en términos de lo dispuesto por los artículos 14 y 15 fracción I de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, dictamina procedente la Adquisición, a favor del Gobierno del Distrito Federal, del inmueble ubicado en Calzada México-Tacuba Número 14, Colonia Tlaxpana, delegación Miguel Hidalgo, denominado “Cine Cosmos” con una superficie de 2,179.04, metros cuadrados de terreno y 2,260.29 metros cuadrados de construcción, de conformidad con el levantamiento topográfico DGPI PT”%&-MH-2013, de fecha septiembre de 2013, en las mejores condiciones con respecto del valor que para tal efecto determine el dictamen valuatorio emitido por la Dirección de Avalúos adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, para su posterior asignación para uso, aprovechamiento y explotación del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, con cargo al presupuesto de la mencionada Delegación, inmueble que será destinado a un Centro Social Cultural y Deportivo.”

7. Conforme a lo anterior, previos los procedimientos legales y administrativos, con fecha 30 de diciembre de 2013, el entonces Gobierno del Distrito Federal a través de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario celebró Contrato de Compraventa sujeto a Condición Suspensiva con “Organización Herpa” Sociedad Anónima de Capital Variable, para la adquisición del inmueble denominado “Cine Cosmos”.

8. En la cláusula Cuarta de dicho instrumento legal, se estableció un precio de $42’000,000.00 (Cuarenta y dos millones de pesos 00/100 M.N.).

9. No obstante lo señalado en los puntos que anteceden, y sin tomar en consideración el presupuesto invertido, con cargo al presupuesto de la Delegación Miguel Hidalgo, para la rehabilitación del multicitado inmueble, en la Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Patrimonio Inmobiliario celebrada en fecha 28 de agosto de 2015, se modificó el acuerdo emitido en la Vigésima Primera Sesión (21/2013) Ordinaria, para asignar el uso, aprovechamiento y explotación a favor de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, lo anterior conforme a lo siguiente: 

“El comité del Patrimonio Inmobiliario del distrito Federal integrando y funcionando en términos de lo dispuesto por los artículos 14 y 15 fracción I de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, dictamina procedente la modificación del acuerdo emitido durante la Vigésima Primera (21/2013) sesión ordinaeria de fecha 31 de octubre de 2013, únicamente en lo referente a la dependencia que se asigna, a la restricción y superficie de construcción así como al destino, para quedar de la siguiente manera: El comité de Patrimonio Inmobiliario del Distrito Federal integrado y funcionado en términos de los dispuesto por los artículos 14 y 15 fracción I de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público , dictamina procedente la adquisición a favor del Gobierno del Distrito Federal, del inmueble ubicado en Calzada México-Tacuba número 14, Colonia Tlaxpana, Delegación Miguel Hidalgo, denominado “Cine Cosmos”, con una superficie de 2,179.04 metros cuadrados de terreno de conformidad con el levantamiento topográfico DGPI PT256-MH-2013, de fecha septiembre de 2013, y 431.72 metros cuadrados de construcción de conformidad con la visita física VF-1710-2015 de fecha 18 de agosto de 2015, en las mejores condiciones con respecto del valor que para tal efecto determine el dictamen valuatorio emitido por la Dirección de Avalúos adscrita a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario, para su posterior asignación para uso, aprovechamiento y explotación a favor de la Secretaría de Cultura , inmueble que será destinado a un Centro Cultural, atendiendo a los lineamientos de certificación en materia vial señalados en el artículo 42 párrafo  segundo, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.” 

PROBLEMÁTICA PLANTEADA

Bajo el argumento de convertirlo en un Centro Cultural, desde el mes de agosto de 2015, el Inmueble denominado “Cine cosmos”, fue reasignado a la Secretaría de Cultura de la ciudad de México, fecha en que ha sido totalmente nula la intervención de dicha dependencia para continuar con el proyecto respectivo. 

No debe pasar inadvertido el hecho de que la entonces Delegación Miguel Hidalgo, durante el ejercicio fiscal 2013, erogó con cargo a su presupuesto un monto aproximado de 42 millones de pesos para la adquisición de dicho inmueble y durante los ejercicios fiscales 2014 y 2015, erogó con cargo a su presupuesto más de 70 millones de pesos para trabajos de reconstrucción y rehabilitación del Centro Cultural Cosmos, lo anterior de conformidad a los informes de Cuenta Pública publicados en el portal de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.

Sin embargo, pese al presupuesto millonario asignado, la obra luce casi en el total abandono. 

Tal y como y como se cita en el portal web de Uno TV., “en octubre de 2015, asumió la jefatura delegacional Xóchitl Gálvez, a su llegada, la obra del antiguo cine Cosmos, ya había sido transferida a la Secretaría de Cultura de la CDMX.

Para iniciar la construcción, adjudicaron, por licitación pública, un contrato por 55 millones de pesos a las empresas “Taller P85 S. de R. L. de C.V.” junto con “Constructora y Edificadora Tuga S.A. de C.V”. Unotv.com tuvo acceso a una copia del documento, en el que destaca que la “construcción y rehabilitación” del inmueble estaría culminada el 31 de diciembre de 2014. Pero hasta ahora, todo indica que esos recursos sólo alcanzaron para remodelar la fachada y armar la estructura que forma parte de la cimentación.

En entrevista con Unotv.com, Xóchitl Gálvez, ahora senadora, aseguró: “cuando yo llegué, la obra… ya estaban asignados los contratos, simplemente me tocó hacer el pago de las estimaciones pendientes.”

El entonces titular de la Secretaría de Cultura, Eduardo Vázquez, dijo que desde que asumió el control, se ha topado con nuevos desafíos para poder concretar la intervención del espacio.

El principal escollo para no tenerlo terminado, es que la licitación de la obra, que estamos ahorita recuperando, estaba programada en el mes de septiembre del año pasado y vino el sismo. Y el sismo interrumpió la obra pública en esos dos aspectos”, afirmó.

El ex funcionario agregó que aún faltan por inyectar cerca de 60 millones de pesos, del presupuesto considerado.

El proyecto sería integral. Retirarían el comercio ambulante de la esquina de avenida México Tacuba y Circuito Interior. Sin embargo, ese lugar sigue como antes. Hasta ahora, todo ha quedado en una promesa.

En medio de esto, el actual secretario de Cultura local, José Alfonso Suárez del Real, adelantó que transparentarán la manera en que se han inyectado los recursos a la obra. Además, agregó que “todo se va abrir al escrutinio público. Si existe alguna situación que tenga que ser observada por los órganos de control, o los órganos de Auditoría del nuevo gobierno de la Ciudad de México, procederemos en consecuencia”.

El Centro Social y Cultural Cosmos, podría cambiar su nombre por el de Fábrica de Artes y Oficios (FARO) Cosmos.” 

CONSIDERACIONES 

PRIMERO. Que de conformidad con lo establecido por el artículo, 13 apartado D, de la Constitución Política de la Ciudad de México, se garantiza el derecho al espacio público, conforme a lo siguiente: 

D. Derecho al espacio público 1. Los espacios públicos son bienes comunes. Tienen una función política, social, educativa, cultural, lúdica y recreativa. Las personas tienen derecho a usar, disfrutar y aprovechar todos los espacios públicos para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades políticas y sociales reconocidas por esta Constitución, de conformidad con lo previsto por la ley.

En tal sentido es obligación de las autoridades de la ciudad garantizar el acceso a tal derecho, así como promover la creación y regeneración del Espacio público. 

SEGUNDO. Que la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México, establece: 

ARTÍCULO 3.- Los objetivos de la presente Ley son los siguientes: 

I.-Garantizar que toda persona, grupo o comunidad cultural que fije su residencia en la Ciudad de México o esté de tránsito en la misma tiene legitimidad para ejercer los derechos culturales previstos en esta ley, con base en los principios y disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política de la Ciudad de México, de los tratados internacionales de la materia de los que el Estado mexicano sea parte, de sus criterios interpretativos, directrices operativas, observaciones generales oficiales, y demás disposiciones aplicables. 

III.-Fomentar el conocimiento, difusión, promoción y estímulo al desarrollo de la cultura y las artes, y de los derechos culturales conforme a la diversidad y pluralidad cultural y propiciar las múltiples formas de cohesión social de los grupos, comunidades y colectivos culturales de la Ciudad de México; 

ARTÍCULO 5.- Las autoridades responsables de la puntual observancia de las disposiciones de la presente ley son: 

I.-La persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; y 

II.-La persona titular de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad de México; 

ARTÍCULO 6.- Todas las dependencias y entidades de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad y los órganos jurisdiccionales en el ámbito de su competencia están obligadas a procurar el pleno ejercicio de los derechos culturales, así como las personas u organismos que ejerzan funciones vinculadas a la autoridad

En este sentido es clara la obligación de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México respecto a estimular el desarrollo a la cultura, pero es aún más evidente la obligación que  tiene de transparentar, de ser el caso,  los recursos que fueron ejercidos para dar continuidad al proyecto del Centro Cultural.  Esto a partir de su asignación. 

Asimismo se encuentra obligada a dar continuidad a los trabajos correspondientes para el debido funcionamiento del “Centro Cultural Cosmos” en beneficio de la población de los Habitantes de la Delegación Miguel hidalgo y de toda persona que transite en la Ciudad de México. 

TERCERO. Que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, dispone: 

Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:

X. Espacio Público; Las áreas para la recreación pública y las vías públicas, tales como, plazas, calles, avenidas, viaductos, paseos, jardines, bosques, parques públicos y demás de naturaleza análoga.

CUARTO. Que el artículo 21 párrafo segundo de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, dispone: 

“Artículo 21. 

Los puntos de acuerdo, exhortos o cualesquiera otras solicitudes o declaraciones aprobadas por el Pleno o por la Comisión Permanente, deberán ser respondidos por los poderes, órganos, dependencias, entidades o Alcaldías correspondientes en un plazo máximo de sesenta días naturales.

RESOLUTIVO DE LA PROPUESTA

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de este Honorable pleno del Congreso de la Ciudad de México, la siguiente:

PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO:

ÚNICO: Tenerme por presentada la PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE AL TITULAR DE LA SECRETARIA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE REMITA UN CRONOGRAMA EN EL QUE SE INCLUYAN LAS ACCIONES A REALIZAR EN SEGUIMIENTO AL PROYECTO DENOMINADO “CINE COSMOS” Y POR OTRA  PARTE  RINDA UN INFORME DETALLADO, AL PLENO DE ESTE H. CONGRESO, QUE CONTENGA LAS ACCIONES EFECTUADAS A PARTIR DEL AÑO 2015 A LA FECHA EN EL PREDIO DENOMINADO CINE COSMOS

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