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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ciudad de México se constituye como el centro económico, político y cultural del país, pues ha sido en este territorio donde se han suscitado hechos importantes a lo largo de la historia del país.

En el tema cultural, estas etapas han quedado plasmadas en la arquitectura de inmuebles que hoy en día varios se erigen como museos, oficinas de gobierno o de particulares, o bien como viviendas; por lo cual, a fin de preservar el estado que guardan, diversas autoridades de los tres órdenes de gobierno intervienen en su cuidado, pues forman parte del legado cultural de la Ciudad.

Sin embargo, el patrimonio cultural no solo se circunscribe a los bienes inmuebles, también integra a los muebles, como archivos, bibliotecas, acervos audiovisuales, esculturas, entre otras, pues a través de ellos se da cuenta de la historia, por lo cual, también se busca cuidar, proteger y difundir.

Otros elementos que se protegen son el patrimonio natural y biocultural. El natural integra aquellos espacios físicos donde no se ha dado una alteración por el hombre, y se constituyen como lugares excepcionales por su belleza natural y por la función que estos desempeñan a favor del medio ambiente, como es la recarga de mantos acuíferos y preservación de la biodiversidad.

Por su parte, el patrimonio biocultural se constituye con los saberes, usos, representaciones sociales, manifestaciones o tradiciones que, con el paso del tiempo, se han transmitido entre generaciones.

Lograr la protección, preservación y conservación del patrimonio en cualquiera de sus acepciones, es mantener viva nuestra historia y valorar nuestros recursos naturales, así como la de generar un sentimiento de arraigo a nuestras raíces como sociedad y como país.

A nivel internacional, México es conocido como un país pluricultural en el que se reconocen diversas culturas, costumbres y tradicionales, por ello se han implementado acciones a fin de preservar, proteger, conservar y dar a conocer la riqueza patrimonial del país como un legado para las futuras generaciones.

En esta tesitura, en la capital se han emprendido acciones como la expedición de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, ordenamiento en el que se establecen las atribuciones de autoridades de los tres órdenes de gobierno para lograr el objetivo de la Ley.

La Ley crea un catálogo conformado por el registro del patrimonio cultural, natural y biocultural de la Ciudad, el cual debe estar disponible para consulta y difusión a través de una plataforma.

Otra acción es la creación de diversos entes como: la Comisión Interinstitucional del Patrimonio, el Consejo Social Consultivo del Patrimonio, así como la Comisión de Memoria Histórica tanto de la Ciudad, como en cada una de las Alcaldías. Lo anterior a fin de crear políticas, programas, lineamientos y mecanismos para el cuidado, protección, preservación y difusión del patrimonio.

No podemos perder de vista la importancia de la preservación del patrimonio ante los esfuerzos que se han realizado en el ámbito internacional, puesto que se trata del legado que debemos pasar a las generaciones venideras.

Por ello, es de destacar que se constituyó, en 1945, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), teniendo como uno de sus objetivos el proteger el patrimonio y promover la cultura.

En este sentido, la Convención de 1972 estableció como acción para la protección del patrimonio mundial cultural y natural la emisión de criterios para declarar sitios como Patrimonio de la Humanidad Asimismo, emprender acciones que preserven, protejan y difundan el patrimonio de la Ciudad aporta a dar cumplimiento a la Agenda 2030, de manera específica al objetivo 11, titulado “Ciudades y comunidades sostenibles”, en el cual se establece como una meta el proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y natural del mundo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ciudad de México se constituye como el centro económico, político y cultural del país, pues ha sido en este territorio donde se han suscitado hechos importantes a lo largo de la historia del país.

En el tema cultural, estas etapas han quedado plasmadas en la arquitectura de inmuebles que hoy en día varios se erigen como museos, oficinas de gobierno o de particulares, o bien como viviendas; por lo cual, a fin de preservar el estado que guardan, diversas autoridades de los tres órdenes de gobierno intervienen en su cuidado, pues forman parte del legado cultural de la Ciudad.

Sin embargo, el patrimonio cultural no solo se circunscribe a los bienes inmuebles, también integra a los muebles, como archivos, bibliotecas, acervos audiovisuales, esculturas, entre otras, pues a través de ellos se da cuenta de la historia, por lo cual, también se busca cuidar, proteger y difundir.

Otros elementos que se protegen son el patrimonio natural y biocultural. El natural integra aquellos espacios físicos donde no se ha dado una alteración por el hombre, y se constituyen como lugares excepcionales por su belleza natural y por la función que estos desempeñan a favor del medio ambiente, como es la recarga de mantos acuíferos y preservación de la biodiversidad.

Por su parte, el patrimonio biocultural se constituye con los saberes, usos, representaciones sociales, manifestaciones o tradiciones que, con el paso del tiempo, se han transmitido entre generaciones.

Lograr la protección, preservación y conservación del patrimonio en cualquiera de sus acepciones, es mantener viva nuestra historia y valorar nuestros recursos naturales, así como la de generar un sentimiento de arraigo a nuestras raíces como sociedad y como país.

A nivel internacional, México es conocido como un país pluricultural en el que se reconocen diversas culturas, costumbres y tradicionales, por ello se han implementado acciones a fin de preservar, proteger, conservar y dar a conocer la riqueza patrimonial del país como un legado para las futuras generaciones.

En esta tesitura, en la capital se han emprendido acciones como la expedición de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, ordenamiento en el que se establecen las atribuciones de autoridades de los tres órdenes de gobierno para lograr el objetivo de la Ley.

La Ley crea un catálogo conformado por el registro del patrimonio cultural, natural y biocultural de la Ciudad, el cual debe estar disponible para consulta y difusión a través de una plataforma.

Otra acción es la creación de diversos entes como: la Comisión Interinstitucional del Patrimonio, el Consejo Social Consultivo del Patrimonio, así como la Comisión de Memoria Histórica tanto de la Ciudad, como en cada una de las Alcaldías. Lo anterior a fin de crear políticas, programas, lineamientos y mecanismos para el cuidado, protección, preservación y difusión del patrimonio.

No podemos perder de vista la importancia de la preservación del patrimonio ante los esfuerzos que se han realizado en el ámbito internacional, puesto que se trata del legado que debemos pasar a las generaciones venideras.

Por ello, es de destacar que se constituyó, en 1945, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), teniendo como uno de sus objetivos el proteger el patrimonio y promover la cultura.

En este sentido, la Convención de 1972 estableció como acción para la protección del patrimonio mundial cultural y natural la emisión de criterios para declarar sitios como Patrimonio de la Humanidad

Asimismo, emprender acciones que preserven, protejan y difundan el patrimonio de la Ciudad aporta a dar cumplimiento a la Agenda 2030, de manera específica al objetivo 11, titulado “Ciudades y comunidades sostenibles”, en el cual se establece como una meta el proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y natural del mundo.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Toda vez que la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, referida con anterioridad, es relativamente nueva, cuenta con algunos aspectos que no han podido utilizarse de forma integral para alcanzar plenamente el objetivo de la Ley.

Un ejemplo de lo anterior, lo encontramos en la encomienda a la Secretaría de Cultura crear un catálogo en el que conste el registro de los elementos y bienes considerados como patrimonio cultural, natural y biocultural con la información que le proporcionen las Alcaldías y las Secretarías de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Urbano y Vivienda; de Medio Ambiente; de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes.

Sin embargo, de la lectura de los artículos de la Ley las atribuciones de las Alcaldías y las Dependencias, se deduce la facultad de crear el catálogo en el que conste el registro del patrimonio en cualquiera de sus acepciones, sin embargo, en el artículo 10 de la Ley objeto de la presente iniciativa, correspondiente a las atribuciones de la Secretaría de Cultura no se determina esta atribución, motivo por el cual, se propone determinar de manera expresa la atribución.

Asimismo, es necesario hacer referencia a este catálogo en el artículo 73, como información que debe estar integrada en la Plataforma Digital del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural, ya que en el texto vigente no se menciona, solo se refiere que debe estar la información relativa a este patrimonio de maneta independiente, sin embargo, si se da cuenta de la existencia de un Catálogo, en el que se integre esta información.

OBJETIVO DE LA INICIATIVA

La presente iniciativa tiene como objeto reformar diversas disposiciones de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México a fin de reconocer la atribución que el mismo ordenamiento le otorga a la Secretaría de Cultura, de manera indirecta, como dependencia encargada de crear el catálogo de elementos y bienes reconocidos como patrimonio en cualquiera de sus acepciones; por ello se propone integrar una fracción IV a fin de integrar como atribución de la Secretaría el crear el catálogo referido.

Asimismo se propone complementar la redacción de las atribución de la misma reconocida en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública.

Por su parte, se homologa la redacción de la obligación de la Secretarías de proveer información y datos del patrimonio cultural y natural a fin de crear el catálogo en el que conste la información del patrimonio, misma que deberá ser creada y poner a disposición de la población a través de una plataforma por la Secretaría de Cultura en el artículo 12, fracción IV, referente a las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

También se reforma el artículo 73, a fin de establecer como contenido de la Plataforma Digital la información que dé cuenta del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad en el catálogo del registro de los elementos considerados como patrimonio en cualquiera de las acepciones reconocidas en el ordenamiento objeto de la reforma y no de manera independiente, lo anterior ya que se hace alusión al mismo desde el artículo 3 de la misma Ley.

Es de mencionar que la reforma objeto de la presente iniciativa no implica un impacto presupuestal, o erogaciones adicionales a las ya contempladas, ya que armoniza las facultades actualmente conferidas a las autoridades antes señaladas, acorde con la misma Ley, así como en lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Con base en los razonamientos antes precisados y con fundamento en lo previsto en los artículos 122, apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29 apartado D inciso a) y 30 numeral 1, inciso b) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 12 fracción II y 13 fracciones II y LXIV de la Ley Orgánica; 1, 2 fracción XXI, 5 fracción I, 79 fracción VI, 94 fracción II, 95 fracción II y 96 del Reglamento ambos del Congreso de la Ciudad de México, someto a consideración del Pleno de este H. Congreso la presente:

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONAN DIVERSAS DIPOSICIONES DE LA LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, para quedar como sigue:

DECRETO

ÚNICO. Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México.

Artículo 10. Corresponde a la Secretaría de Cultura, las atribuciones siguientes:

I. … y II. …

III. Diseñar y realizar programas, destinados a capacitar, promover el conocimiento, respeto, conservación, valorización, disfrute y difusión del Patrimonio Cultural, y Biocultural entre las personas habitantes y visitantes de la Ciudad. Para lo anterior, podrá coordinarse con las dependencias dentro del ámbito de sus atribuciones;

IV. Crear el Catálogo en el que conste el registro de los elementos y bienes del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad con información proporcionada por las autoridades señaladas en la presente Ley;

V. Registrar y difundir a través de la Plataforma Digital, el Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad, en coordinación con el Gobierno Federal, Organismos Internacionales, Gobierno de la Ciudad, Alcaldías e Instituciones Académicas;

VI. Coadyuvar con la Jefatura de Gobierno como órgano de enlace con el Gobierno Federal, Organismos Internacionales, Gobierno de la Ciudad, Alcaldías e Instituciones Académicas, en las acciones de salvaguardia del Patrimonio Cultural y Biocultural de la Ciudad;

VII. Promover la creación de diversas opciones de financiamiento público y privado, que contribuyan a las labores de salvaguardia y difusión del Patrimonio Cultural y Biocultural de la Ciudad;

VIII. Ejecutar las recomendaciones y la normatividad nacional e internacional vigente en materia cultural y natural, para conservar y difundir los sitios inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, que se encuentren en el territorio de la Ciudad de México, en coordinación con Autoridades Federales y la Secretaría de Medio Ambiente, y

IX. Las demás que le confiere esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 12. Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, las atribuciones siguientes:

I. … a III. …

IV. Proveer a la Secretaría de Cultura, de información y datos sobre el Patrimonio Cultural y Natural de la Ciudad, para su registro y difusión en la Plataforma Digital, y

V. …

CAPÍTULO III

DE LA PLATAFORMA DIGITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Artículo 73. …

La plataforma contendrá información ordenada y actualizada de lo siguiente:

I. …

II. El catálogo en el que conste el Registro del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural;

III. Expedientes de declaratorias del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural concluidas, así como sus respectivos planes de manejo y/o salvaguardia;

IV. Prontuario normativo en materia de salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México en los ámbitos federal, internacional y local;

V. Los programas de turismo y difusión del patrimonio cultural, natural y biocultural;

VI. La información generada por la Comisión de la Memoria Histórica de la Ciudad;

VII. El listado de asociaciones civiles, fondos y fideicomisos creados con el objeto de contribuir con la salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural;

VIII. El Programa de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad México, y

IX. Las demás que establezca la legislación aplicable.

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