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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El entorno urbano de la Ciudad de México está conformado por distintos elementos, mismos que podrían pasar desapercibidos en la dinámica diaria de la sociedad, sin embargo, en su conjunto permiten que podamos disfrutar de otros derechos, como a una Ciudad Habitable. Es por ello que el espacio público, destaca en plazas centrales, calles, centros deportivos y culturales, entre otros.

Adicionalmente existen áreas verdes que han quedado inmersas entre desarrollos inmobiliarios, entre obras públicas de vialidades, o bien, en zonas de conservación natural, en esta clasificación encontramos a los parques.

Los parques urbanos juegan un rol importante no solo del quehacer cotidiano de la ciudadanía, sino que también se constituye como un espacio apropiado para realizar distintas actividades, por ejemplo: deportivas, recreativas, de contacto con la naturaleza, entre otras; beneficiando a todas las personas por los beneficios medioambientales que representan en sí mismos, pues permiten generar microclimas, recarga de mantos acuíferos gracias a la filtración de agua, entre otras.

En esta misma línea de ideas, es importante enunciar las distintas aportaciones que generan estos espacios en nuestra ciudad, de acuerdo con “Ciudades Sustentables” estudio del Banco Interamericano de Desarrollo, mismas que perfilan enfoques particulares en beneficio del desarrollo integral de las personas, incrementando con ello la calidad de vida en las ciudades, a saber:

1. FAVORECEN EL BIENESTAR MENTAL:

Estar cerca de un parque o un espacio verde brinda oportunidades para mejorar el bienestar mental, un beneficio que fue particularmente importante para ayudar a los residentes a sobrellevar las medidas de aislamiento adoptadas durante la pandemia de COVID-19.

2. MEJORA DE LA CONDICIÓN FÍSICA Y LA SALUD:

Existe mucha evidencia de que cuando los residentes viven más cerca de los parques, hacen más ejercicio y su salud cardiovascular mejora. Sin embargo, estos beneficios se obtienen solo si los residentes perciben que esos parques son seguros. Esta es una preocupación importante para las ciudades latinoamericanas que han concentrado focos de inseguridad.

3. REDUCEN LA ISLA DE CALOR Y LA CONTAMINACIÓN:

Los espacios verdes públicos también son esenciales por sus beneficios ambientales. Los árboles urbanos proporcionan secuestro de carbono y ayudan a reducir el efecto de isla de calor urbano y la contaminación del aire.

4. MEJORAN LA GESTIÓN DEL AGUA:

Los espacios verdes contribuyen a las funciones de gestión de aguas pluviales que reducen la escorrentía y alivian la carga de la infraestructura urbana de agua y saneamiento. Además, la implementación de estándares de planificación ecológica puede mejorar la retención de aguas pluviales y proteger la vitalidad de los árboles y los ecosistemas cruciales.

5. FOMENTAN LA SOCIALIZACIÓN:

Los espacios verdes abiertos permiten fortalecer los lazos comunitarios y nuevas formas de expresión cultural. Se ha demostrado que los parques aumentan la sociabilidad, lo que, además de tener beneficios para la salud mental, refuerza también la cohesión social. También hay evidencia anecdótica de que los espacios públicos compartidos, incluidos los parques y otros espacios verdes, pueden facilitar la convivencia social, especialmente en contextos donde diversas poblaciones comparten los mismos espacios públicos.

6. INCENTIVA LA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

La evidencia ha demostrado que los parques públicos aumentan el valor de las propiedades inmobiliarias adyacentes. Los parques y otros espacios verdes fomentan también la actividad económica de los establecimientos comerciales en su proximidad.

En este sentido, observando los 6 beneficios generales que representan a toda sociedad contar con áreas verdes, permite diversificar la infraestructura con la que cuenta la ciudad, garantizando diversos derechos reconocidos en nuestra Constitución y las leyes, por lo que los parques se vuelven imprescindibles para afrontar las crisis actuales en materia medio ambiental, que afectan a corto, mediano y largo plazo el desarrollo de nuestra ciudad. 

Actualmente la Ciudad de México cuenta con el programa: “Sembrando Parques” el cual plantea las siguientes objetivos:

  • Ampliar y mejorar la superficie de áreas verdes por habitante en la Ciudad de México.
  • Revegetación de la capital del País.
  • Habilitar y generar espacios verdes para la recreación y disfrute de los habitantes, especialmente para el beneficio de las niñas y niños.

Como parte de este quehacer, el programa tan solo para el año 2019 y de acuerdo con cifras de la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, se registraba en ese año, intervención en espacios públicos de nuestra ciudad, con una inversión de 1,332 millones de pesos, beneficiando a 6.3 millones de personas, que a su vez traen beneficios ambientales para toda la ciudad, mejorando 1,199 hectáreas de los espacios que a continuación se indican:

  1. Bosque San Juan de Aragón – Fecha de inicio: 12 de julio
  2. Eje 6 Sur – Fecha de inicio: 3 de julio
  3. Periférico Oriente – Fecha de inicio: 19 de junio
  4. Gran Canal – Fecha de inicio: 19 de junio
  5. Parque Ecológico Xochimilco – Fecha de inicio: 1 de agosto
  6. Parque Imán (Planta de Asfalto) – Fecha de inicio: 12 de julio
  7. Parque Cuitláhuac – Fecha de inicio: 1 de junio
  8. Deportivo “el Vivero” – Fecha de inicio: 26 de julio
  9. Avenida Chapultepec – Fecha de inicio: 29 de julio
  10. Bosque de Chapultepec – Fecha de inicio: Agosto
  11. Parque San Fernando – Fecha de inicio: agosto
  12. Canal Nacional – Fecha de inicio: 22 de julio
  13. Sierra Santa Catarina – Fecha de inicio: 8 de julio
  14. Sierra Guadalupe – Fecha de inicio: 8 de julio
  15. Parque Ecológico de la Ciudad De México – Inicio: 8 de julio
  16. Cerro de la Estrella – Fecha de inicio: 8 de julio 

De forma adicional, dicha dependencia ha reportado cada intervención, el monto en recursos económicos que se ejecutaron por cada parque, así como la población beneficiada con esa acción, con lo que se puede señalar que este impulso como política pública tiene beneficios en diversos temas.

Lo anterior es así, toda vez que se contribuye al mejoramiento de la imagen urbana, a garantizar el derecho a una ciudad habitable a través del espacio público de calidad, entregando beneficios urbanos y ambientales, por lo que la regeneración del tejido social con nuevas interacciones en distintas comunidades de la capital, es una beneficio adicional por esta intervención.

Al observar tales beneficios, esta acción de forestación, recuperación, limpieza, mantenimiento y conservación de áreas verdes, se replicó en otros espacios, intervenidos por la Secretaría de Obras y Servicios, como se enlistan a continuación:

  • Parque Leona Vicario:

Con una inversión de 30 millones de pesos en la intervención de 7 mil metros de superficie; la plantación y reforestación de 19 mil plantas y cerca de 100 árboles; un circuito canino; área infantil y de ejercicios; así como una fuente danzante, en beneficio de 276 mil personas.

Se instalaron 72 luminarias LED a lo largo de todo el parque, 40 bancas ergonómicas, 15 módulos recolectores de basura, el cual cuenta con dos cisternas de 5 mil litros cada una; y 12 válvulas rápidas para riego.

  • Deportivo Cuautepec:
  • Deportivo Cantera:
  • Parque Ciprés:

En septiembre del 2022 se iniciaron los trabajos de la construcción del Parque Ciprés, con una superficie de 0.58 hectáreas, e incluye la renovación del alumbrado público, el mejoramiento de áreas verdes existentes en el parque, la conformación de un parque canino, trota pista y un área enfocada en el esparcimiento de los adultos mayores.

Otorgará una mejor calidad de vida a los habitantes de la colonia del Gas, a través de espacios enfocados en la convivencia social, en pro de los habitantes de la alcaldía Azcapotzalco.

Por lo anteriormente expuesto es necesario garantizar la continuidad de este programa, y a su vez implementar criterios que aseguren parámetros mínimos en los procesos que se plantean en realización de sus objetivos.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La importancia que tienen los parques urbanos no es menor, es por esto que para garantizar el proceso de mantenimiento necesita estar regulado por normas ya existentes, que garanticen un sistema óptimo de evaluación, construcción y mantenimiento que garantice parámetros mínimos para que cumplan con los distintos beneficios anteriormente mencionados.

En este sentido, la NOM-SEDATU-001-2021, Espacios Públicos en los Asentamientos Humanos, emitida por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), fue elaborada con el propósito de generar certeza en los procesos de planeación territorial tanto a nivel nacional como de los gobiernos locales y generar espacios más inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Se construye sobre tres objetivos primordiales: 

  1. Homologar la terminología, los contenidos y metodologías en materia de espacios públicos en los planes o programas de desarrollo urbano en el territorio nacional.
  2. Señalar los elementos para la evaluación que funcionen como punto de partida para generar indicadores confiables a nivel nacional. 
  3. Brindar herramientas de autoevaluación para que los municipios y entidades formulen y ejecuten acciones específicas para la promoción y protección de sus espacios públicos. 

En general, una norma tiene la función de regular un aspecto particular de la compleja vida social; tiene el propósito de mejorar la calidad de vida individual y colectiva a través de criterios fundamentales. 

En este caso, desde la SEDATU y la participación de diversos agentes institucionales y organizaciones de la sociedad civil, la Norma Oficial Mexicana de Espacio Público, tiene la función específica de plasmar directrices en materia de gestión; planeación; definiciones universales; principios para la mejora, cuidado y mantenimiento; incremento progresivo; gestión integral; construcción y uso de los espacios públicos que se encuentran en diferentes ciudades de esta extensa República Mexicana.

Contar con regulación técnica, busca entre otras cosas, sentar las bases para que la línea de calidad arquitectónica y constructiva tenga alcance en el actuar de los tres órdenes de gobierno del país, es una acción tendiente al mejoramiento urbano en la planeación y el desarrollo que se lleva a cabo a lo largo y ancho del país. 

En este caso, desde la SEDATU y la participación de diversos agentes institucionales y organizaciones de la sociedad civil, la Norma Oficial Mexicana de Espacio Público, tiene la función específica de plasmar directrices en materia de gestión; planeación; definiciones universales; principios para la mejora, cuidado y mantenimiento; incremento progresivo; gestión integral; construcción y uso de los espacios públicos que se encuentran en diferentes ciudades de esta extensa República Mexicana. 

Sin embargo, a pesar de la existencia de la Norma Oficial Mexicana de Espacio Público y otros lineamientos regulatorios, se presentan desafíos en la implementación efectiva de estas normas en relación con los parques urbanos de la Ciudad de México.

Podemos concluir que existen diversos desafíos, entendiendo que los más importantes impactan en el reconocimiento y pleno goce de los derechos, en los que destacan los siguientes:

  1. Falta de Coherencia en la Aplicación de la Normativa:

    A pesar de la existencia de la normativa, se observa una falta de coherencia en su aplicación por parte de las autoridades encargadas de la planificación y construcción de los parques urbanos. Esto puede deberse a la falta de claridad en los criterios de evaluación y construcción, así como a la falta de supervisión y seguimiento adecuados.
  2. Insuficiente mantenimiento y cuidado:

    Aunque se han implementado programas como “Sembrando Parques” para ampliar y mejorar los parques urbanos de la Ciudad de México, persisten problemas en cuanto al mantenimiento y cuidado continuo de estos espacios. La falta de recursos y personal dedicado a la supervisión y mantenimiento de los parques conlleva a que muchos de ellos se encuentren en mal estado, lo cual afecta negativamente la experiencia de los usuarios y limita los beneficios que podrían obtenerse de estos espacios.
  3. Seguridad y accesibilidad:

    La seguridad en los parques urbanos es una preocupación importante, especialmente en ciudades con altos índices de inseguridad como la Ciudad de México. La falta de iluminación adecuada, la presencia de vandalismo y la falta de vigilancia en algunos parques pueden disuadir a las personas de utilizarlos, limitando así los beneficios que podrían obtenerse de ellos. Además, la accesibilidad a los parques para personas con discapacidad o movilidad reducida puede ser deficiente, lo que excluye a ciertos grupos de la población de disfrutar plenamente de estos espacios.
  4. Participación ciudadana limitada:

    Aunque es fundamental involucrar a la comunidad en la planificación y toma de decisiones relacionadas con los parques urbanos, la participación ciudadana en estos procesos puede ser limitada. Es necesario fomentar espacios de diálogo y participación activa de los ciudadanos en la definición de los proyectos de construcción y mejora de los parques, así como en el seguimiento y evaluación de su funcionamiento.

En vista de estos desafíos, resulta fundamental abordarlos de manera efectiva para garantizar que los parques urbanos de la Ciudad de México cumplan con su potencial como espacios públicos de calidad.

Es necesario fortalecer la implementación de la normativa existente, mejorar el mantenimiento y cuidado de los parques, garantizar la seguridad y accesibilidad de los mismos, y promover una participación ciudadana activa en su planificación y gestión. De esta manera, se podrán maximizar los beneficios ambientales, sociales y económicos que los parques urbanos pueden brindar a la ciudad y sus habitantes.

Contar con criterios de evaluación y homologación en el espacio público, es parte del proceso para garantizar el Derecho a la Ciudad, establecido en el artículo 12 de la Constitución Política de Ciudad de México, a su vez este proceso garantiza el Derecho al Espacio Público como lo establece la Constitución en el artículo 13 denominado “Ciudad Habitable “en su apartado D.

OBJETIVO DE LA INICIATIVA

En marzo de 2015 la Organización Mundial de las Naciones Unidas (ONU) estableció en su agenda 20-30 17 objetivos con metas a lograr para garantizar un desarrollo sostenible a nivel mundial que impacte de manera positiva a todos los sectores de la humanidad, priorizando un crecimiento que impacte forma positiva al medio ambiente, afrontando con acciones concretas las crisis ambientales actuales. 

En estos objetivos existe el llamado “Objetivo 11: Lograr que las ciudades sean más inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles” en este objetivo plantea como parte de sus metas lo siguiente:

“1.7 De aquí a 2030, proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad.”

En este sentido el programa Sembrando parque ha sumado al cumplimiento de este objetivo, sin embargo, es necesario garantizar su permanencia a largo plazo, que los 16 espacio públicos en los que hoy en día ha tenido intervención sea el inicio de una mayor participación en la construcción de la ciudad accesible y sostenible que se plantea en los objetivos mencionados por la ONU.

Para garantizar este proceso se vuelve necesario la suma de esfuerzos entre distintas Secretarías, para no solo darle continuidad, si no agregar un sistema de evaluación que garantice la buena construcción y mantenimiento de estos espacios, en este sentido extender la responsabilidad a la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) es congruente a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México en su artículo 35 en la II fracción. 

Este trabajo coordinado con SOBSE, quien es la encargada de la ejecución de acciones para el mantenimiento, limpieza, conservación y recuperación de espacios públicos, que incluye a los parques urbanos, nos permite mantener acciones que representen beneficios no solo en materia medio ambiental, sino para el desarrollo social a largo plazo, garantizando su funcionamiento y como parte de proceso en la construcción sostenible de nuestra ciudad.

Con base en los razonamientos antes precisados y con fundamento en lo previsto en los artículos 122, apartado A, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29 apartado D inciso a) y 30 numeral 1, inciso b) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 12 fracción II y 13 fracciones II y LXIV de la Ley Orgánica; 1, 2 fracción XXI, 5 fracción I, 79 fracción VI, 94 fracción II, 95 fracción II y 96 del Reglamento ambos del Congreso de la Ciudad de México, someto a consideración del Pleno de este H. Congreso la presente: 

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONAN DIVERSAS DIPOSICIONES DE LA LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, para quedar como sigue:

DECRETO

ÚNICO. Se reforma el artículo 88 y se adiciona el 88 Bis 6, ambos en la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 88.- El mantenimiento, mejoramiento, restauración, rehabilitación, fomento, forestación, reforestación y conservación de las áreas verdes de la Ciudad de México, deberá realizarse con las técnicas y especias apropiadas, considerando en dichas intervenciones criterios de evaluación y homologación establecidos por la NOM-SEDATU-001-2021, en materia de Espacio Público, o cualquier otra Norma Oficial para tal efecto.

Lo anterior a fin de proporcionar beneficios medio ambientales en el espacio público y parques urbanos.

ARTÍCULO 88 BIS 6.- Tratándose de las intervenciones en áreas verdes bajo las categorías de parques, jardines, alamedas y arboledas o áreas análogas, establecidas en los programas de desarrollo urbano, la Secretaría deberá establecer las disposiciones técnicas necesarias para que de manera coordinada con la Secretaría de Obras y Servicios ejecute las acciones para tal intervención, considerando el mantenimiento y evaluación de las mismas, lo anterior a fin de lograr el incremento progresivo del espacio público en las categorías a que se refiere el presente Capítulo. 

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