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ANTECEDENTES

A nivel mundial desde mediados de la década de los años setenta del siglo pasado, diversos organismos internacionales señalaron la necesidad de replantear la forma de crecimiento y desarrollo de las ciudades, principalmente de los que entonces eran conocidos como países del Tercer Mundo.

Sin embargo, tuvieron que pasar casi 40 años para que, en el año 2015, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), comenzara a realizar los esfuerzos más ambiciosos para revertir lo que hoy todos conocemos como “cambio climático” y “calentamiento global”. 

Pero no sólo eso, se hizo el planteamiento de lograr lo que se denominó “desarrollo sostenible” que de acuerdo con la ONU se define como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.

Es así que, en ese mismo año, la ONU aprobó la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, que pretende que los países y sus sociedades emprendan un nuevo camino con el que mejorar la vida de todos, sin dejar a nadie atrás. 

Dicha Agenda cuenta con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que incluyen desde la eliminación de la pobreza hasta el combate al cambio climático, la educación, la igualdad de la mujer, la defensa del medio ambiente o el diseño de nuestras ciudades.

Si bien cada uno de los Objetivos se encuentra orientado a lograr en total 169 metas específicas, que principalmente plantean políticas públicas, es necesario visibilizar que los Parlamentos y Poderes Legislativos tienen un rol importantísimo para poder alcanzar dichos objetivos antes del año 2030.

En junio del año pasado, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en México presentó al Senado un documento llamado “Legislar con enfoque de Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”.

Dicho documento contiene ocho recomendaciones concretas que las y los legisladores pueden llevar a cabo para habilitar un marco jurídico que permita impulsar el cumplimiento de la agenda en el tiempo esperado, mismas que se enuncian a continuación:

Creación y reforma de leyes

1. Reinstalar en la Cámara de Senadores e instalar en la de Diputados los respectivos Grupos de Trabajo (GT) interdisciplinarios para el Seguimiento Legislativo de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS).

2. Promover actividades en el Congreso que sensibilicen a los legisladores sobre su papel estratégico en la consecución de los ODS.

3. Promover que los dictámenes de ley reconozcan explícitamente su contribución al desarrollo sostenible.

4. Impulsar el principio de igualdad entre hombres y mujeres en la designación de las Presidencias y Secretarías que conforman las Juntas Directivas en las comisiones ordinarias, especiales, de investigación y bicamerales.

Seguimiento a la planeación y al presupuesto

5. Llevar a cabo acciones para garantizar una vinculación efectiva con el Consejo Nacional de la Agenda 2030 y que los resultados de sus trabajos puedan estar tomados en cuenta en las reforma o creación de leyes.

6. Abrir espacios de debate con la sociedad civil organizada para fortalecer las atribuciones de vigilancia de la Cámara de Diputados sobre la Cuenta Pública.

Promoción de la participación ciudadana

7. Desarrollar una estrategia de participación social efectiva en las diferentes etapas de la planeación nacional del desarrollo.

Monitoreo de la actividad gubernamental

8. Realizar ejercicios de rendición de cuentas y control parlamentario que la propia Constitución establece para que el Legislativo fiscalice la labor del Ejecutivo, con un enfoque específico en la implementación de la Agenda 2030.

Si bien, la guía está planteada en un esquema federal, no cabe duda que puede ser ajustada y replicada en los Congresos Locales, pues éstos juegan un papel esencial para ir avanzando de manera focalizada en el cumplimiento de los Objetivos.

PROBLEMÁTICA PLANTEADA

El gran problema es que el Índice 2018 de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) publicado por la ONU, ubica a México en el lugar 84 de 156 países en la evaluación del proceso de cumplimiento de los 17 ODS, además señala que las acciones realizadas en lugar de acercarnos a la consecución de éstos nos desvían del objetivo.

Si bien el documento indica que México mantiene un avance, especifica que se trata de un progreso lento, es decir, nuestro país avanza a un ritmo equivalente a menos del 50% requerido para alcanzarlos; pero no sólo eso, estos datos se refieren únicamente a 7 de los Objetivos, a saber: Fin de la pobreza, Salud y Bienestar, Igualdad de Género, Ciudades y Comunidades Sustentables, Producción y Consumo Responsables, Acción por el clima, Vida Submarina.

Por lo que hace a los 10 objetivos restantes nuestro país va en una dirección incorrecta (no contraria, sino desviada), que no garantiza la consecución de los Objetivos para el 2030, según el reporte. Esto alerta sobre las desviaciones que pueden corregirse con redefinir políticas públicas o con afinar y perfeccionar programas y acciones.


Lo anterior es preocupante porque los mismos aluden a temas prioritarios y que requieren mucha atención en la nación, como lo es el combate al hambre, educación de calidad, agua, energías limpias, trabajo decente y crecimiento económico, reducción de las desigualdades, medio ambiente, paz y justicia. 

En el caso de la Ciudad de México, aunque pareciera que por ser la capital del país se encuentra con avances importantes en la materia, lo cierto es que aún nos falta mucho, por lo que desde los gobiernos locales debemos generar acciones concretas tendientes a alcanzar los ODS. 

Es así que en el año 2017 en Argentina la Consultoría Smartly emprendedurismo social en ODS presentó la iniciativa para crear la Red de Parlamentos Locales, misma que tiene por objeto que los Poderes Legislativos Locales incorporen los Objetivos de Desarrollo Sostenible al momento de legislar y desarrollar actividades concretas en sus respectivas comunidades.

La iniciativa formaliza el compromiso de los Parlamentos Locales con la Agenda 2030 pues dicha red tiene como misión jerarquizar el rol del parlamentario local desde la formación y el asesoramiento profesional, para contribuir al cumplimiento de la misma.

Asimismo, pretende empoderar el rol del Parlamento Local como formador y facilitador de la aplicación de los ODS a través de la creación de un marco legislativo y jurídico adecuado para facilitar su consecución.

Un tema muy interesante es que la Red plantea que los Poderes Legislativos Locales deben contribuir en el empoderamiento de la ciudadanía, a través del involucramiento de diversos actores de la sociedad civil en espacios de deliberación, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de las acciones locales.

Los ejes de trabajo de la Red son Hábitat y Desarrollo Local, gestión parlamentaria local orientada a una integración ambiental, social y económica para ciudades y comunidades sostenibles, enfocada a promover el nexo entre agua, energía, producción y consumo responsable (ODS 6, 7, 11, 12, 13, 14 y 15); el Acceso al alimento, mediante la gestión y acción parlamentaria local para fortalecer el cumplimiento del ODS 2; Mujer 2030, busca que el parlamento local sea un facilitador para el desarrollo de carrera sostenible (ODS 4, 5, 8, 10, 16 y 17); y Jóvenes, niños y niñas  2030, donde el parlamento local funcione como ámbito de participación y formación de los jóvenes y como espacio para garantizar el desarrollo desde la niñez. Y la mirada de los niños, niñas y jóvenes sobre los 17 ODS.

Si bien dicha iniciativa ya tiene un gran avance en Argentina, apenas es el primer paso de una serie de actividades que se extenderán por Latinoamérica y el resto del mundo, con el objetivo de que los Parlamentos Locales incorporen los Objetivos de Desarrollo Sostenible al momento de legislar para su comunidad.

Por lo anterior, es que creemos que el Congreso de la Ciudad de México debe considerar el sumarse a esta Red a fin de extender los lazos de amistad y vinculación con los múltiples esfuerzos sociales que se están realizando para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible, convirtiéndolo en el primer poder legislativo local fuera de Argentina en sumarse a esa iniciativa en beneficio de la sociedad en general. 

CONSIDERACIONES

PRIMERO. Que el texto fundamental federal establece lo siguiente:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

...

…”

SEGUNDO. Que el mismo ordenamiento fundamental en su artículo 25 hacer referencia a que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable.

TERCERO. Que en septiembre de 2015 México Adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y desde ese momento nuestro país ha registrado avances importantes en la materia, por ejemplo, la reforma de 2018 a la Ley de Planeación, que incorpora la Agenda 2030 a la Planeación Nacional; la instalación de mecanismos de seguimiento y monitoreo, por medio de la Plataforma de Seguimiento a los ODS en 2016; y el establecimiento del Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en 2017.

CUARTO. Que de acuerdo con el artículo 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México, uno de los principios rectores que asume la capital es el desarrollo económico sustentable y solidario con visión metropolitana; además de prever en su artículo 4 que en la aplicación transversal de los derechos humanos las autoridades deben atender entre otros principios el de sustentabilidad.

QUINTO. Que el artículo 10 de la citada Constitución Local hace referencia a una Ciudad Productiva y rol que tiene el desarrollo sustentable para lograrlo:

“Artículo 10

Ciudad productiva

A. Derecho al desarrollo sustentable  

Toda persona tiene derecho a participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales

…”

SEXTO. Que en diversos postulados dicho ordenamiento constitucional incorpora los conceptos de sustentabilidad y sostenibilidad, por sólo citar algunos ejemplos en materia de agua, gestión del territorio, vivienda, política económica, planeación del desarrollo, entre otros.

SÉPTIMO. Que de Acuerdo con la Organización de las Naciones Unidad una de las lecciones aprendidas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio es la importancia de los actores locales en la apropiación, implementación y, sobre todo, en el cumplimiento de dichos objetivos. Si bien en muchos países se lograron avances significativos respecto de las metas planteadas, al observar datos desagregados en los ámbitos local y regional, se concluye que los resultados son disparejos y que existen regiones con rezagos importantes.

OCTAVO. Que el mismo Organismo Internacional considera que la participación de los gobiernos locales resulta crucial para el avance y el logro de la Agenda 2030, esto en razón de su posición única y privilegiada, debido a su cercanía con las personas, factor que es determinante para la identificación de necesidades específicas y la definición de estrategias a la medida, tomando en cuenta intereses e incorporando actores del territorio como ciudadanos, sociedad civil, sector privado y grupos en situación de vulnerabilidad, entre otros.

NOVENO. Que en ese sentido los Parlamentos o Poderes Ejecutivos Locales tienen un papel crucial para crear y reformar leyes orientadas a garantizar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030; así como asignar y dar seguimiento presupuestal a las acciones tendientes a lograr dicho objetivo; y por supuesto, promover una efectiva participación ciudadana en los citados procesos.  

DÉCIMO. Que la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, en el primer y segundo párrafo del artículo 21 dispone que:

“Artículo 21. El Congreso podrá solicitar información mediante pregunta parlamentaria al Poder Ejecutivo, Alcaldías, órganos, dependencias y entidades, los cuales contarán con un plazo de treinta días naturales para responder. El Congreso contará con treinta días para analizar la información y, en su caso, llamar a comparecer ante el Pleno o Comisiones, a las personas titulares mediante acuerdo aprobado por la mayoría absoluta del Pleno. 

Los puntos de acuerdo, exhortos o cualesquiera otras solicitudes o declaraciones aprobadas por el Pleno o por la Comisión Permanente, deberán ser respondidos por los poderes, órganos, dependencias, entidades o Alcaldías correspondientes en un plazo máximo de sesenta días naturales. 

…”

DÉCIMO PRIMERO. Que es facultad de las y los diputados de esta soberanía presentar proposiciones con punto de acuerdo, de confinidad con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México:

Artículo 5. Son derechos de las y los diputados:

I. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones y denuncias ante el Congreso;

II. a IX. …

X. Solicitar información a los otros Poderes Ejecutivo y Judicial o cualquier otra instancia de la Ciudad de México”

DÉCIMO SEGUNDO. Que el pleno de este H. Congreso puede conocer de las proposiciones con punto de acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 fracción II del Reglamento en cita.

“Artículo 99. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:

I. …

II. Puntos de acuerdo, que representan la posición del Congreso, en relación con algún asunto específico de interés local o nacional o sus relaciones con los otros poderes de la Ciudad, organismos públicos, entidades federativas, municipios y alcaldías, y

III. …”

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. SE EXHORTA A ESTE H. CONGRESO LOCAL PARA QUE CONSIDERE INTEGRARSE A LA RED DE PARLAMENTOS LOCALES OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE A FIN DE ORIENTAR LOS TRABAJOS LEGISLATIVOS A LA CONSECUCIÓN DE LOS MISMOS; FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA MATERIA Y ASIGNAR Y DAR SEGUIMIENTO PRESUPUESTAL A DIVERSAS ACCIONES TENDIENTES AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE CONTEMPLADOS EN LA AGENDA 2030 DE LAS NACIONES UNIDAS.

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