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ANTECEDENTES

El acceso a la información pública es un Derecho Humano que ya es reconocido mundialmente, es a través de este que las personas podemos allegarnos de la información sobre la forma en la que los gobiernos administran los recursos públicos y cómo se beneficia la población con las acciones que los gobernantes implementan.

No es una novedad el desvío de recursos públicos por parte de gobernantes con fines personales, es así que instituciones como el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) son fundamentales para conocer de aquellos sujetos que se sirven de un puesto de poder para beneficiarse a sí mismo o a familiares o amigos.

Por medio de la tecnología, es ahora más rápido conocer el actuar de los funcionarios públicos, no obstante, con los avances tecnológicos y el constante uso del internet, se han evidenciado nuevas formas para ocultar el desvío de recursos por parte de los gobiernos, encubriendo los desfalcos mediante páginas de internet o plataformas de redes sociales, disfrazando de actividades de comunicación social los intereses de unos cuantos.

Derivado de lo anterior, medios de comunicación reconocidos han documentado el desvío de millones de pesos por parte de gobernantes para promocionarse a sí mismos o a sus partidos políticos con el afán de posicionarse con una buena imagen ante el electorado. Últimamente quienes han sido señalados de usar estas prácticas de forma recurrente, han sido personajes que representan la llamada “Cuarta Transformación”.

En septiembre de 2022, diversos medios de comunicación señalaron una probable malversación y uso indebido de recursos por parte del Gobierno de la Ciudad de México, de alrededor de 46 millones de pesos entre 2019 y 2022, con la finalidad de posicionar de manera positiva la imagen de la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo. Lo interesante de las investigaciones llevadas a cabo por parte de los medios de comunicación, es que en un afán de aclarar la situación, mediante un comunicado de prensa por parte del Gobierno de la Ciudad de México realizado en redes sociales el día 9 de septiembre de 2022, salieron a la luz varios contratos que fueron otorgados mediante las figuras de Invitación restringida y de adjudicación directa a personas morales, mismas que manejan espacios de contenido digital en internet y que sus perfiles en redes sociales contienen publicidad o “notas” que, preponderantemente, conllevan una promoción a la persona titular del Poder Ejecutivo en la capital del país.

Si bien, el objetivo de los contratos mencionan que se llevan a cabo para prestación de “servicios de creación y difusión a través de espacios publicitarios en medios de comunicación masiva (internet)” o de “servicios de diseño y generación de contenidos audiovisuales, gráficos y social media para la comunicación del Gobierno de la Ciudad de México para publicidad Institucional”, la realidad es que en la práctica el contenido publicitario durante el año 2022 fue el posicionamiento de la Jefa de Gobierno sobre otros personajes militantes de MORENA que están interesados en competir internamente por la candidatura a la Presidencia de la República.

Incluso, estos dominios o páginas de internet contratados por el Gobierno de la Ciudad de México para difusión de logros institucionales, en algunas ocasiones también se han dedicado a llevar a cabo ataques contra otros periodistas o medios de comunicación, dejando de ser medios objetivos y de beneficio para la sociedad.

Dentro de los conflictos que se mostraron en una investigación periodística en 2022, se señalaron contratos con 3 personas morales que incumplieron con el objeto de los contratos, por decirlo así, ya que en vez de publicidad institucional, se compartieron notas en pro de Claudia Sheinbaum o a favor del partido MORENA. Estas empresas son Publius Estrategia, Cacomixtle Medios Digitales y La Comadreja Consultores, las cuales manejan las redes sociales y portales de Guruchuirer (Gurú político), Noticias ZMG y Zócalo Virtual.

Sin embargo, al investigar los contratos otorgados por el Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio 2023, se volvieron a adjudicar de forma directa contratos con las personas morales antes señaladas, uno por la cantidad de $2,625,000.00 (Dos millones seiscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) con la empresa denominada Cacomixtle Medios Digitales, S.A. de C.V.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Cabe señalar que durante el gobierno que encabeza Claudia Sheinbaum, se ha evidenciado un aumento significativo anual para el área de comunicación social, otorgando un incremento de más de 200 millones de pesos para el año 2023, con relación a lo aprobado para el 2022, sin que se justifique el gasto como una necesidad primordial para efectos de beneficio a la población, inclusive reduciendo presupuesto en materias necesarias para la vida de las y los capitalinos, como lo es, por ejemplo, la reducción al fondo de atención a peatones y ciclistas o como el decremento al presupuesto asignado a la Secretaría de Gestión de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, por mencionar algunos.

Con la inminente llegada de los periodos electorales, así como el “destape” de la Jefa de Gobierno con sus aspiraciones a ser la candidata a la presidencia de la república por parte del partido oficialista, se incrementaron las bardas pintadas, anuncios espectaculares y medios de publicidad (impresos y digitales) en apoyo a Claudia Sheinbaum.

Los constantes viajes por la República para dar “conferencias” y para participar en mítines de carácter político-electoral, han dado pie a que se presenten denuncias por parte de diversos partidos políticos en contra de Claudia Sheinbaum, principalmente por actos anticipados de campaña y precampaña, así como por promoción personalizada. En algunos casos el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha determinado la responsabilidad por promoción personalizada y por influir en la equidad de la contienda electoral, resultando en diversas sentencias que señalan la culpabilidad de la Jefa de Gobierno. Sin embargo, la mayoría de las diputadas y diputados del Congreso de la Ciudad de México que pertenecen a MORENA y sus aliados, argumentando que no existe un catálogo de sanciones para los funcionarios públicos sin superior jerárquico, decidieron no sancionarla y dejar en total impunidad a Sheinbaum.

Es importante puntualizar que en febrero de este año, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Regional Especializada emitir una nueva sentencia respecto de presuntos actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos atribuidos a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, en relación con el proceso electoral 2024, en donde figuran también las empresas de comunicación contratadas por este gobierno y que han sido referidas en párrafos anteriores, señalándolas como responsables de promocionar a Claudia Sheinbaum de forma ilegal, motivo suficiente para que sean investigadas y que les sea revocados los contratos existentes.

También es importante mencionar que Claudia Sheinbaum cuenta hasta este momento con 137 expedientes abiertos ante el Instituto Nacional Electoral (INE), por actos anticipados de campaña y violación sistemática de los principios democráticos, además de uso indebido de recursos públicos, materiales, humanos y económicos en beneficio personal y electoral.

Es por lo anterior que, tomando en consideración la inminente solicitud de licencia de la persona titular de la Jefatura de Gobierno para retirarse del cargo, resulta necesario que las autoridades encargadas de la fiscalización de recursos públicos, así como aquellas destinadas a la investigación y sanción de conductas contrarias a la buena administración pública, lleven a cabo las investigaciones y que determinen el daño patrimonial que, con miras a una candidatura, la Jefa de Gobierno ha llevado a cabo mediante la contratación de empresas que simulan promover y difundir logros de gobierno, pero que hacen promoción personalizada desde 2018 a la fecha.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. – Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los recursos económicos de que dispongan las entidades federativas y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Asimismo, señala que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, por lo que en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

SEGUNDO. Que el artículo 64, numeral 7, de la Constitución Política de la Ciudad de México, señala que queda prohibida la contratación de propaganda, con recursos públicos, que implique la promoción personalizada de cualquier servidor público.

TERCERO. Que la Auditoría Superior de la Ciudad de México es una entidad del H. Congreso de la Ciudad de México, responsable de revisar y auditar la Cuenta Pública del gobierno local, así como de establecer normas, sistemas, métodos, criterios y procedimientos con apego a los ordenamientos en materia de contabilidad y auditoría gubernamental, además de vigilar que los sujetos de fiscalización atiendan las observaciones y solventen las recomendaciones que les formulen.

Su Misión es revisar la Cuenta Pública en su calidad de órgano del H. Congreso de la Ciudad de México, conforme a los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad, para el debido ejercicio y probidad en la función pública.

CUARTO. Que la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, es la dependencia encargada de prevenir, controlar, auditar y evaluar a los entes y a las personas servidoras públicas en el ejercicio de su función en el gobierno de la Ciudad de México y Alcaldías, a fin de impulsar y fortalecer las actitudes y aptitudes que coadyuven al combate efectivo de la corrupción e impunidad, con transparencia, eficiencia, eficacia e integridad en el servicio público, dentro del marco del Sistema Anticorrupción y legislación aplicable en la materia.

QUINTO. Que el pleno de este H. Congreso puede conocer de las proposiciones con punto de acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 fracción II del Reglamento en cita.

Artículo 99. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:

I. …

II. Puntos de acuerdo, que representan la posición del Congreso, en relación con algún asunto específico de interés local o nacional o sus relaciones con los otros poderes de la Ciudad, organismos públicos, entidades federativas, municipios y alcaldías, y

III. …

…”           

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición de punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, misma que se sustenta bajo los siguientes:

R E S O L U T I V O S

ÚNICO. SE EXHORTA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA QUE EN EL AMBITO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, SE LLEVEN A CABO LAS INVESTIGACIONES, INDAGATORIAS Y AUDITORÍAS NECESARIAS, A FIN DE DESLINDAR RESPONSABILIDADES DE LA JEFA DE GOBIERNO, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, POR EL PAGO DE CONTRATOS IRREGULARES EN MATERIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL PARA PROMOCIONAR SU IMAGEN PERSONAL CON RECURSOS PÚBLICOS.

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