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Salvaguardando el interés superior de la niñez, los diputados Gabriela Salido Y Diego Garrido presentaron sendas iniciativas de ley para que ante un conflicto familiar, los padres ahora tengan también el derecho de solicitar la guardia y custodia de los hijos y no sólo la madre, garantizando el máximo bienestar posible

Con una propuesta de modificación al artículo 282 del Código Civil, los diputados buscan establecer que los menores de doce años queden al cuidado de la madre, el padre y/o un tutor idóneo para su cuidado y protección garantizando su pleno desarrollo.

La diputada Gabriela Salido mencionó a los razonamientos de la Suprema Corte de Justicia que hacen referencia a que “la preferencia materna que se establece en dicho artículo, no satisface el interés superior de la niñez del pleno desarrollo a través de la presencia de un cuidador sensible y emocionalmente disponible, independientemente del género de éste.”

Además, “el referido artículo hace distinción basada en el sexo y restringe los derechos humanos, lo por lo que es un acto de discriminación  no conforme a los objetivos constitucionales.”

Sobre la misma legislación, el diputado Diego Garrido, agregó que ahora los jueces, atendiendo a las particularidades del caso en concreto, tendrán la posibilidad de lograr el máximo bienestar posible hacia el menor.

En su propuesta de iniciativa, se proponen también reformas al Código Civil local, en materia de guarda y custodia provisional, a fin de maximizar el derecho de menores procurando su sano esparcimiento y sobre todo una sana convivencia con sus padres.

“De ahí que la presente propuesta vaya encaminada a que el juzgador, previo a otorgar la guarda y custodia provisional al padre, la madre o inclusive a un tercero, valorando las circunstancias del caso en concreto, velando siempre por el interés superior de la niñez”.

La actual legislación otorga la custodia de los hijos menores de 12 años exclusivamente a la madre, sin que el Juez pueda valorar si el padre o un tercero como los abuelos pudieran ejercer un mejor cuidado del menor, de ahí la necesidad de la reforma acorde al criterio de la Suprema Corte.

Con estas iniciativas se le permite al juez determinar la guarda y custodia a quien mejor pueda garantizar los intereses de los menores que se encuentren inmersos en un divorcio de sus progenitores, con el fin de potencializar sus derechos. Es importante destacar, que en la Ciudad de México, 41 de cada 100 matrimonios terminan en divorcio, y que en la mayoría de estos casos tienen hijos menores de 18 años

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